El BOJA publicado en la tarde noche del 29 de Octubre recoge las nuevas medidas temporales y excepcionales, decretadas por la Junta de Andalucía, por razón de salud pública en Andalucía, con carácter revisable y ampliable, para la contención del COVID-19. Dichas medidas varían en función del nivel de alerta en el que se ha catalogado a cada municipio, siendo el nuestro uno de los pueblos catalogados dentro de la alerta nivel 4.
Dichas medidas estarán en vigor hasta las 00:00 horas del 9 de noviembre y las más relevantes son:
- Queda limitada la movilidad nocturna desde las 23:00 horas a las 6:00 horas.
- Queda prohibida la salida del término municipal, salvo en los casos justificados.
- Las reuniones tanto en el ámbito público como en el privado se limitan a un máximo 6 personas (excepto si son convivientes).
- Se fijan las 22:30 horas, como la hora límite de cierre a la hostelería.
Sobre los aforos en las distintas instalaciones y actividades, en el mencionado BOJA se ha decretado lo siguiente:
- En hostelería, el aforo máximo será del 30% en el interior y del 75% en el exterior (terrazas). No se permite el servicio en barra.
- A los velatorios y entierros podrán asistir un máximo de 6 personas en interior y 15 en exterior.
- Las competiciones, eventos y entrenamientos serán a puerta cerrada, sin público.
- Los establecimientos comerciales limitarán su aforo al 50% con distancia de seguridad
- Los Parques permanecerán abiertos, pero con los juegos infantiles cerrados y limitando las actividades a un máximo de 6 personas.
Para poder salir de nuestro término municipal y/o entrar en municipios que también están situación de nivel 4, es necesario contar con un justificante de una de las siguientes causas:
- Ir a trabajar.
- Ir al banco.
- Acudir a Centros Sanitarios.
- Regresar a la residencia habitual o familiar.
- Asistir a Centros Docentes.
- Responder a la llamada de órganos judiciales, públicos o notariales.
- Acudir a renovar permisos o documentación oficial.
- Asistir a mayores, menores, dependientes o personas con discapacidad.
- Realizar exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
- Repostar combustible en caso de necesidad.
- Realizar actividades deportivas federadas.
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