BADOLATOSA ENTRARÁ EN CIERRE PERIMETRAL A PARTIR DE LAS 00:00 HORAS DEL 3 DE FEBRERO DE 2021 (EN LA MADRUGADA DE HOY MARTES A MAÑANA MIÉRCOLES)

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BADOLATOSA ENTRARÁ EN CIERRE PERIMETRAL A PARTIR DE LAS 00:00 HORAS DEL 3 DE FEBRERO DE 2021 (EN LA MADRUGADA DE HOY MARTES A MAÑANA MIÉRCOLES)

 

La Delegación Territorial de Sevilla de la Consejería de Salud y Familias nos ha notificado oficialmente, que debido a los valores de la tasa de contagio de nuestro municipio (que sobrepasó los 500 casos por cada 100.000 habitantes el viernes 29 de Enero), Badolatosa estará cerrada perimetralmente a partir de las 00:00 horas del 3 de Febrero de 2021 (es decir, de la madrugada de hoy martes a mañana miércoles) con una duración de 14 días.

 

Debido a ello, sólo se podrá entrar o salir de nuestro municipio por causas debidamente justificadas, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:

 

a) Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
b) Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
c) Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
d) Retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
f) Desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
g) Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
h) Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
i) Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
j) Desplazamiento para la realización de actos de recolección en huertos por sus propietarios o arrendatarios, así como la atención y alimentación de animales.
k) Asistencia a centros de atención veterinaria por motivos de urgencia.
l) Desplazamientos de deportistas de categoría absoluta, de alto nivel o de alto rendimiento, entrenadores, jueces o árbitros federados, para las actividades deportivas de competiciones oficiales que se encuentren autorizadas en cada momento por las autoridades sanitarias, que se acreditarán mediante licencia deportiva o certificado federativo.
m) Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
n) Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.

 

Es vital conseguir que la situación epidemiológica vuelva a estar bajo control, haciendo que la incidencia acumulada descienda por debajo de 500, y a partir de ahí, al máximo posible.

 

Una vez más, insistimos en que se acaten al 100% las medidas preventivas dictadas por las autoridades sanitarias, como limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable a un número máximo de 4 personas, uso de mascarilla, mantenimiento de la distancia de seguridad siempre que sea posible, lavado de manos con frecuencia, …etc.

 

De nosotr@s depende evitar actitudes que puedan provocar riesgo de contagios para frenar el avance del virus.

 

Muchas gracias a tod@s por vuestra comprensión y colaboración.
 
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